Apreciado golfista, De acuerdo con los lineamientos del Gobierno Nacional orientados a controlar la propagación de COVID – 19, y en especial los lineamientos impartidos a través de la Resolución 991 de 2020, por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del COVID-19 en las actividades relacionadas con el entrenamiento de los deportistas de alto rendimiento, profesionales y recreativos, se han elaborado los protocolos del Club acogiéndonos a los protocolos aprobados por el Ministerio del Deporte a la Federación Colombiana de Golf.
Los protocolos de la Corporación Country Club que fueron presentados a la Junta Municipal de Deportes de Puerto Colombia han sido aprobados a través de la Resolución 013 del 22 de julio de 2020, autorizando así, la apertura e inicio de la práctica del golf en el campo de la Sede de Sabanilla. Es importante aclarar que dichos protocolos están sujetos a las siguientes medidas dictaminadas por el Gobierno Nacional, las cuales el Club debe acatar estrictamente:
1. Permitir la práctica deportiva individual a ciudadanos a partir de los 18 años.
2. La práctica deportiva permitida será durante máximo dos (2) horas diarias.
También, debemos acogernos a las medidas que la Alcaldía de Puerto Colombia en el uso de sus atribuciones constitucionales y legales, ordenó a través del decreto 119 de 2020, imponiendo el toque de queda los fines de semana. Por lo tanto, la sede campestre del Club en Sabanilla no podrá ofrecer servicio para la práctica del Golf, los sábados después de medio día, ni los domingos mientras dure esta restricción.